EL DESARROLLO DE LA DEMOCRACIA COMO OBJETIVO NACIONAL PERMANENTE.

(Por Max Larraín 20-12-04) 

 

I - INTRODUCCIÓN

  El Libro de la Defensa Nacional de Chile consagra una serie de objetivos nacionales permanentes que son definidos como las grandes metas que la experiencia histórica, el acervo cultural, la idiosincrasia del pueblo, su nivel de desarrollo y sus potencialidades permiten suponer fundadamente que constituyen aspiraciones de las grandes mayorías nacionales. A estos objetivos se les considera como permanentes, puesto que dan coherencia y orientan la actividad global del Estado y le garantizan al país su plena independencia e identidad en el seno de la comunidad de naciones.

Entre los múltiples objetivos, se dan algunos de carácter económico como es “el logro y  mantención de un desarrollo económico alto, sostenido y sustentable”, como asimismo otro de carácter social como “el logro de un desarrollo social acorde con el desarrollo económico, sobre la base de la capacidad individual e iguales oportunidades para todos”.[1]

  Sin embargo, no se otorga al régimen político democrático el mismo tratamiento de objetivo nacional permanente como se le da al desarrollo económico y social. Esto puede constituir una incoherencia respecto a los preceptos constitucionales que definen a Chile como una república democrática y a los tratados internacionales suscritos por el país en los cuales se incluyen cláusulas democráticas.

Pero no solamente se trata de detectar una incoherencia en la normativa, sino más bien se intenta hacer notar una deficiencia de suyo importante, en consideración al quiebre democrático ocurrido en nuestro país en la década de los 70, a juicio del autor, por una falla por parte de todos los actores involucrados en valorar suficientemente a la democracia como la forma más deseable de convivencia social. No intentaremos argumentar latamente sobre la veracidad y validez de esta afirmación, sino que nos limitaremos a presentar en el marco teórico algunos alcances de dos autores consagrados acerca del concepto de democracia.

Nuestra hipótesis plantea que, en virtud de las normas constitucionales vigentes y con base en algunos tratados internacionales que Chile ha suscrito en orden a comprometerse con el mantenimiento de la democracia como régimen político, este aspecto debiera ser considerado en el Libro de la Defensa Nacional de Chile como objetivo nacional permanente.

En razón de la brevedad de este trabajo, nos remitiremos a la Constitución Política de la República de Chile y al Acuerdo de Libre Comercio, Asociación y Cooperación entre Chile y la Unión Europea como documentos que apoyan nuestra hipótesis. De lo anterior se desprende que la metodología a emplear en esta investigación es de carácter heurística.

La presente investigación se justifica por la relevancia que el desarrollo político del país tiene en el mundo globalizado actual. El concepto de Estado moderno está íntimamente ligado al régimen político democrático, sin el cual ningún progreso económico ni social basado en el intercambio, se hace sostenible en el tiempo.

 En el transcurso de nuestra investigación intentaremos demostrar que la democracia no es un modelo más, entre otras alternativas de gobierno, sino que es “el modelo” y que, por lo tanto, más que un medio constituye un objetivo para las sociedades del siglo XXI. 

 

II - MARCO TEÓRICO 

2.         Sobre el concepto actual de democracia. 

2.1       La visión de Giovanni Sartori. [2]

Para  G. Sartori, la "democracia" es una abreviación que significa liberal-democracia. Sartori distingue tres aspectos:

(1) La democracia como principio de legitimidad.

(2) La democracia como sistema político.

(3) La democracia como ideal.

La democracia como principio de legitimidad postula que el poder deriva del "demos", el pueblo, y se basa en el consenso verificado, no presunto, de los ciudadanos. La democracia no acepta auto-investiduras, ni tampoco que el poder derive de la fuerza. En las democracias el poder está legitimado, además de condicionado y revocado, por elecciones libres y recurrentes. Hasta aquí está claro que la titularidad del poder la tiene el pueblo. Pero el problema del poder no es sólo de titularidad, es sobre todo de ejercicio.

La democracia como sistema político tiene relación con la titularidad del poder y el ejercicio del poder. Para colectividades pequeñas, como fue el caso de las asambleas en la ciudad-estado de la Grecia antigua, o los cabildos abiertos de nuestra organización colonial, fue posible la interacción cara a cara de los ciudadanos, y en estos casos, la titularidad y el ejercicio del poder permanecían unidos, una forma de autogobierno. Pero cuando el pueblo se compone de decenas o centenas de millones, dicha práctica es imposible y entonces se hace necesario separar la titularidad del ejercicio, nace así la democracia representativa.

La democracia como un ideal. La democracia como es en la realidad, no es la democracia como debería ser. La democracia es, ante todo y por encima de todo, un ideal. El elemento ideal o normativo es constitutivo de la democracia y provee una tensión ideal, sin la cual, una democracia no nace o bien se distiende rápidamente. El elemento dinámico es esta diferencia entre la democracia ideal y la democracia real, que hace a esta última perfectible. Cuanto más se democratiza una democracia, tanto más se eleva la apuesta.

 

2.2       El concepto de democracia según Samuel P. Huntington. [3]

Al término de la Segunda Guerra Mundial, el apoyo universal a la democracia se consolida. Sin embargo, esto tuvo lugar al precio de un desacuerdo, también universal, en cuanto a su significado. Todos definían a la democracia según sus propios intereses. De esta manera proliferaron las democracias con apellido: democracia directa, democracia representativa, democracia liberal o burguesa, democracia proletaria, socialdemocracia, democracia autoritaria, democracia protegida, etc. Todo esto creó problemas importantes  para los pensadores. En los años 50 y 60, los politólogos hicieron esfuerzos notables para reducir la confusión terminológica y conceptual. Fue así como cristalizaron tres enfoques acerca de la definición de democracia: de acuerdo a las fuentes de autoridad, de acuerdo a los fines o propósitos del gobierno y de acuerdo a los medios o instituciones.

De acuerdo a las fuentes de autoridad, la connotación más recurrida es la democracia como gobierno del pueblo. Algunos agregan en forma retórica: el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo. Pero para Huntington esta definición carece de sentido desde un punto de vista empírico y analítico. El órgano gobernante en una democracia no siempre es definido en una forma tan amplia. Thomas Jefferson identificaba la democracia con el gobierno de la clase media. Otros, como el gobierno de los trabajadores. Bryce señalaba que la democracia existe cuando gobierna "la mayoría de los ciudadanos calificados". La premisa implícita en la definición de democracia como gobierno de la mayoría, es que, mediante la persuasión y la movilización de apoyo, las minorías pueden llegar a ser mayoría. De no ocurrir así, si se impide de forma permanente el acceso de una parte de la sociedad al gobierno, se viola el concepto mismo de democracia.

Una segunda manera de definir un gobierno democrático es en términos de los propósitos u objetivos que éste cumple. Pero ¿cómo definir estos objetivos?

¿Serán el bienestar humano, la igualdad, la justicia, los derechos humanos, la realización del individuo, la libertad, el bien común, etc.? Existen muchos problemas con la definición de democracia en términos de fines. Cada autor presenta su propia serie de propósitos. Los objetivos que se presentan suelen ser generalmente de carácter idealista. Prácticamente todos los líderes políticos aseguran perseguir fines democráticos, en este caso todos los estados serían democráticos. Por lo visto, también este enfoque nos presenta dificultades desde el punto de vista analítico y empírico.

La dificultad de definir a la democracia en términos de fuentes de autoridad o de propósitos de gobierno, ha llevado en las últimas décadas a enfatizar una definición institucional de democracia. La democracia tiene un significado útil sólo si se le define en términos institucionales. La institución clave en una democracia es la elección de los líderes por medio de elecciones competitivas. La formulación moderna más importante la hizo Joseph Schumpeter en 1942. 

 

III - DESARROLLO DEL TEMA 

3.1     Acerca de los Objetivos Nacionales Permanentes

El Libro de la Defensa Nacional plantea en su capítulo primero, los principios básicos del Estado de Chile. La publicación inicia este capítulo haciendo mención a la Constitución de 1980 y a las Bases de la Institucionalidad en ella estipuladas, indicando que se trata de un conjunto de principios o directrices globales que orientan y fundamentan el orden jurídico interno de nuestro país. Estos principios son también reconocidos por otras naciones que comparten las premisas del régimen democrático en cuanto al respeto de la persona humana y sus derechos. De tales principios y, especialmente, de la dignidad e igualdad inherente a todas las personas, se deducen objetivos socio-económicos prioritarios del país que incluyen la cohesión e integración social de la nación y la superación de la pobreza.

Más adelante el Libro de la Defensa Nacional indica que “Chile es una República democrática que se caracteriza por la vigencia del Estado de Derecho bajo los principios de la supremacía constitucional, de legalidad, de tutela judicial y de control de los actos de la administración del Estado”.[4] El documento señala que “en sus relaciones con otros Estados, Chile adhiere y respeta íntegramente los principios de resolución pacífica de las controversias, a través de mecanismos de diálogo y entendimiento, el principio de no intervención en los asuntos internos de otros Estados, y el respeto y promoción de los tratados y acuerdos internacionales”.[5]

  El Libro de la Defensa Nacional menciona 10 Objetivos Nacionales Permanentes, definidos como metas que, en virtud de la experiencia histórica de la nación, el acervo cultural, la idiosincrasia de su pueblo, su nivel de desarrollo y sus potencialidades, permiten suponer fundadamente que constituyen aspiraciones de las grandes mayorías nacionales. Entre estos objetivos señalaremos dos de ellos: 

·        El logro y mantención de un desarrollo económico alto, sostenido y sustentable y,

·        El logro de un desarrollo social acorde con el desarrollo económico, sobre la base de la capacidad individual e iguales oportunidades para todos.[6] 

Consideramos que la omisión de la mantención y el desarrollo del régimen político democrático como objetivo político permanente, constituye una deficiencia del Libro de la Defensa Nacional de Chile por cuanto, tanto el desarrollo económico como el desarrollo social se sustentan en el desarrollo político, sin el cual, los logros económicos y sociales se relativizan y finalmente, pierden validez. El sitial que nuestro país posee actualmente en el concierto de las naciones se debe fundamentalmente a la estabilidad del régimen político democrático más que a los logros económicos. Esto se verifica por el hecho que los tratados comerciales y de cooperación incluyen la cláusula  democrática como condición sine qua non para su firma y como componente esencial de estos compromisos.

Se ha argumentado que, durante el debate que se realizó a mediados de los años 90 acerca de los objetivos nacionales permanentes, a  la democracia se la consideró como un medio para lograr los objetivos y no como un objetivo en sí. Sin embargo, podemos contra-argumentar sosteniendo que los objetivos de desarrollo económico y social también son medios para lograr el bien común, como asimismo cualquiera de los objetivos nacionales permanentes. Como bien sostiene Giovanni Sartori, la democracia es, además de una forma de legitimación, un ideal por alcanzar, por lo tanto constituye una meta deseable para las grandes mayorías. Por su parte, Samuel Huntington sostiene que la democracia, definida desde su perspectiva institucional, es un régimen que fácilmente se distingue de otros regímenes que no lo son. La antigua discusión acerca de los apellidos de este régimen, de acuerdo a este autor, llegó a su fin y actualmente hay consenso en aceptar a la democracia liberal como el mejor régimen político conocido o, si se quiere, como el menos malo. Concordamos con esta apreciación.

 

3.2     Constitución Política de la República de Chile

El Artículo 4º de la Constitución Política establece que “Chile es una república democrática”. En su Artículo 5º, la Constitución estipula, entre otros principios, que la soberanía reside esencialmente en la Nación y que ningún sector del pueblo ni individuo alguno puede atribuirse su ejercicio. Que el ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana y es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por la Constitución, así como por los tratados ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

 

3.3     Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea

Durante el mes de Noviembre de 2002 se suscribió en Bruselas el Acuerdo de Asociación, Libre Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y Chile. Dicho Tratado constituye una innovación en diversas materias, por ejemplo, la inclusión de cláusulas evolutivas. En el acuerdo entre la Unión Europea y Chile, el tema de los derechos humanos, como era de esperar, no fue omitido. Y no tan solo fue considerado, sino que también ha sido elevado a la categoría de elemento esencial. Esto lo podemos afirmar en virtud del tratamiento que le ha dado la Unión Europea al fomento del respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales.

En el acuerdo mencionado, ambas partes han consignado como objetivos generales: establecer una estrecha cooperación destinada, entre otros aspectos, a reforzar la capacidad institucional para consolidar la democracia, el Estado de Derecho y el respeto por los Derechos Humanos y libertades fundamentales.[7]

Tal es la importancia que se le da a estas materias que incluso el preámbulo ha sido dedicado, en parte, a representar el espíritu que motiva el acuerdo. Se estipula en el Preámbulo: “CONSIDERANDO los tradicionales vínculos entre las Partes y con especial referencia a: - su pleno compromiso de respeto a los principios democráticos o a los derechos humanos fundamentales establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas; y su adhesión a los principio del Estado de Derecho y del Buen Gobierno.” [8]

También en el cuerpo del Tratado: “Título I Artículo 1º: 1. El respeto a los principios democráticos y a los derechos fundamentales, tal como se enuncian en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, y al principio del Estado de Derecho inspira las políticas internas e internacionales de las Partes y constituye un elemento esencial del presente Acuerdo. “

Por último: Parte III Título V artículo  44: “Las partes darán prioridad a las medidas destinadas a: (...) j) la promoción del respeto a los derechos humanos, la democracia y la participación ciudadana.”[9]

 

IV - CONCLUSIÓN

Nuestra hipótesis de trabajo consistió en intentar demostrar que, de acuerdo a la Constitución Política de la República de Chile y a los tratados internacionales suscritos por nuestro país, se debería incluir en el Libro de la Defensa Nacional de Chile a la mantención y desarrollo del régimen democrático como objetivo nacional permanente. En nuestro marco teórico hemos incluido una corta descripción acerca de la democracia, de acuerdo a las visiones de dos autores consagrados, los politólogos Giovanni Sartori y Samuel Huntington, quienes presentan a la democracia liberal como el régimen político más consensuado y por lo tanto, el que de mejor manera otorga sustentación y legitimación a nuestro sistema institucional actual.

El primer autor concede a la democracia un triple rol: como una forma de gobierno, como un vehículo de legitimación y como un ideal. La tensión que se genera entre la democracia real -como es- y la democracia ideal -como debiera ser- imprime una dinámica de continuo desarrollo y perfeccionamiento del régimen democrático.

Por su parte, Huntington define a la democracia desde una perspectiva institucional, lo que permite de manera relativamente fácil la distinción entre este régimen  y el que no lo es; basta con hacer referencia a unas pocas instituciones, entre ellas, la más importante, la elección de las autoridades por votaciones libres, secretas e informadas. 

El artículo 4º de la Constitución Política es claro y escueto: Chile es una república democrática.  

El Acuerdo de Asociación, Libre Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y Chile firmado en Noviembre del 2003, compromete en varios de sus artículos a ambas partes a sostener y promover el régimen democrático y el Estado de Derecho.

Finalmente, creemos que nuestra argumentación, en parte basada en la experiencia histórica de nuestro país y en parte sustentada por la normativa constitucional, confirma nuestra hipótesis en el sentido que el mantenimiento y desarrollo del régimen político democrático debe ser considerado como un objetivo nacional permanente y, por lo tanto, debe ser explícitamente consignado en el Libro de la Defensa Nacional de Chile. 

El autor espera que este corto trabajo constituya un aporte al análisis de nuestra institucionalidad desde la perspectiva de la ciencia política y que, al mismo tiempo, sea un incentivo para el inicio de un debate serio y fundamentado sobre este importante tema.

 


[1] Libro de la Defensa Nacional de Chile. 1998. Página 28

[2]  Sartori, Giovanni.  Elementos de teoría política. Capítulo 4 Democracia. Alianza Editorial. Madrid. 1987. Págs. 27-62.

[3] Huntington, Samuel P.  El sobrio significado de la democracia. En Revista de Estudios Públicos Nº 33. Santiago. Verano 1989. Págs. 5-30.

[4] Libro de la Defensa Nacional de Chile. Ministerio de Defensa. 1998. Página 27

[5] Ibid.

[6] Op. Cít. Página 28

[7] Acuerdo de Asociación, Libre Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y Chile. Artículo 16, Nº 1, letra a).

[8] Op. Cít.

[9] Op. Cít.